La controversia constitucional es improcedente cuando el Poder Judicial actor no demuestra una afectación real e inminente a su esfera de competencia o a los derechos de sus trabajadores, máxime si el presupuesto asignado es superior al del ejercicio fiscal anterior y no se menoscaban derechos adquiridos.
El Poder Judicial del Estado de Quintana Roo promovió controversia constitucional contra el Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2023, argumentando afectaciones a su autonomía y a los derechos de sus trabajadores. Sin embargo, la Suprema Corte determinó que el actor no probó una afectación real e inminente, ya que el presupuesto asignado fue superior al del año anterior y no se demostró menoscabo a derechos adquiridos. Por lo tanto, se declaró la improcedencia del medio de control constitucional.
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