La fundamentación de la competencia de la autoridad fiscal en la orden de visita domiciliaria debe ser expresa y detallada, citando los dispositivos legales que otorgan las facultades, para garantizar la legalidad y seguridad jurídica del gobernado.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa analizó la legalidad de una multa impuesta por el Servicio de Administración Tributaria del Estado de Guanajuato, derivada de una visita domiciliaria. La parte actora impugnó la resolución argumentando, entre otras cuestiones, la ilegalidad de la orden de visita por falta de fundamentación de la competencia de la autoridad. El Tribunal determinó que, si bien la autoridad citó diversos fundamentos legales, la falta de precisión en la cita de los artículos que definen su competencia material y territorial, en relación con la Ley del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Guanajuato, podría generar indefensión. Sin embargo, al analizar los preceptos invocados, concluyó que la autoridad sí contaba con las facultades necesarias para emitir la orden, declarando infundado el concepto de impugnación en este aspecto. Finalmente, al no prosperar los demás argumentos de ilegalidad, se reconoció la validez de la resolución impugnada.
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