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27896/24-17-05-2SobreseeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Quinta Sala Regional en la Ciudad de México

El sobreseimiento del juicio de nulidad procede cuando la autoridad demandada deja sin efecto el acto impugnado y con ello satisface plenamente la pretensión del demandante, al haber cancelado la garantía por el pago total del crédito fiscal.

Expediente
27896/24-17-05-2
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
10 dic 2025
Materia
fiscal
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento del juicio de nulidad procede cuando la autoridad demandada deja sin efecto el acto impugnado y con ello satisface plenamente la pretensión del demandante, al haber cancelado la garantía por el pago total del crédito fiscal.

Resumen

Se determinó el sobreseimiento de un juicio de nulidad promovido contra un requerimiento de pago de una póliza de fianza. La autoridad demandada dejó sin efectos dicho requerimiento al haber cancelado la garantía por el pago total del crédito fiscal, lo cual satisfizo la pretensión del actor de no ser requerido de pago. Por lo tanto, se actualizó la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 9, fracción IV, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

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