La imposición de una sanción administrativa a un individuo que no ha cometido ninguna infracción legal constituye una violación del artículo 16 constitucional.
El presente criterio establece que la imposición de una sanción administrativa es ilegal cuando el individuo sancionado no ha incurrido en ninguna infracción a la ley. Dicha imposición, en ausencia de una conducta ilícita, contraviene el principio de legalidad consagrado en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual exige que todo acto de autoridad se funde en una ley preexistente y sea emitido conforme a las formalidades legales.
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