Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Devolución del impuesto al valor agregado. Los agravios no demuestran que la sentencia recurrida sea incongruente, falta de exhaustividad, falta de fundamentación o motivación, o que no hubiese atendido a la litis planteada. La autoridad recurrente únicamente vierte argumentos que ya hizo valer en su contestación a la demanda y ya fueron desestimados, sin confrontar los razonamientos que se contienen en el fallo sujeto a revisión.
Expediente
117/2024
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Jesús Cortez Sandoval
Fecha
3 feb 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Devolución del impuesto al valor agregado. Los agravios no demuestran que la sentencia recurrida sea incongruente, falta de exhaustividad, falta de fundamentación o motivación, o que no hubiese atendido a la litis planteada. La autoridad recurrente únicamente vierte argumentos que ya hizo valer en su contestación a la demanda y ya fueron desestimados, sin confrontar los razonamientos que se contienen en el fallo sujeto a revisión.
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