La designación de un pasante en derecho como defensor de oficio no vulnera los derechos constitucionales del inculpado si se le hicieron saber sus derechos y se le dio la oportunidad de designar un defensor particular.
El presente caso aborda la supuesta vulneración del artículo 128 del Código Federal de Procedimientos Penales, referente a los derechos del inculpado durante su declaración ministerial. El peticionario argumentó que la designación de un pasante en derecho como defensor violó sus garantías. Sin embargo, el tribunal determinó que si al inculpado se le informaron sus derechos, incluyendo la prerrogativa de designar un defensor particular, y este manifestó reservarse dicha facultad, la designación de un pasante no constituye una violación a sus derechos constitucionales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.