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352/2023-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El oficio que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el que se niega a ejercer su facultad de vigilancia y el cumplimiento de las disposiciones constitucionales previstas en el artículo 115 en favor del Municipio actor, debe encontrarse debidamente fundado y motivado a la luz de las disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

Expediente
352/2023-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
8 nov 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El oficio que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el que se niega a ejercer su facultad de vigilancia y el cumplimiento de las disposiciones constitucionales previstas en el artículo 115 en favor del Municipio actor, debe encontrarse debidamente fundado y motivado a la luz de las disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

Resumen

El presente caso gira en torno a la negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de ejercer su facultad de vigilancia respecto al cumplimiento de las disposiciones constitucionales y la correcta ministración de recursos a los municipios. El municipio actor argumenta que un oficio emitido por la Secretaría carece de fundamentación y motivación conforme a la Ley de Coordinación Fiscal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá determinar si dicho oficio cumple con los requisitos legales y constitucionales, especialmente en lo referente a la supervisión de los recursos federales destinados a las haciendas municipales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.