El alimento procesado para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar, se encuentra gravado a la tasa general del Impuesto al Valor Agregado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el alimento procesado destinado a mascotas (perros, gatos y pequeñas especies) está sujeto a la tasa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA). La decisión se fundamenta en que, a diferencia de los animales utilizados en actividades agropecuarias y sus alimentos, las mascotas no forman parte de las actividades productivas que justifican una tasa reducida o exención, otorgando así seguridad jurídica a los contribuyentes sobre la aplicación del gravamen.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.