La indexación de la pensión alimenticia al salario mínimo es constitucional, pues sirve para cumplir los fines del derecho de alimentos y comparte esta finalidad con el concepto de salario mínimo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del reemplazo del salario mínimo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en el contexto de las pensiones alimenticias. La Corte determinó que la indexación de la pensión alimenticia al salario mínimo es constitucional, ya que esta vinculación es esencial para garantizar el derecho humano a los alimentos y comparte la finalidad del salario mínimo de satisfacer las necesidades básicas.
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