Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Revisión fiscal improcedente, porque la nulidad se declaró por un vicio formal, esto es, derivó de la aplicación de la figura de la cosa juzgada refleja, por lo que, se estima no existió pronunciamiento de fondo en cuanto la cuestión planteada.
Expediente
35/2026
Tribunal
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Teresa Márquez Sánchez
Fecha
18 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Revisión fiscal improcedente, porque la nulidad se declaró por un vicio formal, esto es, derivó de la aplicación de la figura de la cosa juzgada refleja, por lo que, se estima no existió pronunciamiento de fondo en cuanto la cuestión planteada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.