El derecho de réplica es un complemento de la libertad de expresión, no un límite, y su ejercicio se restringe a la corrección de información falsa o inexacta, no a opiniones o información cierta pero agraviante.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de la Ley Reglamentaria del Derecho de Réplica. Determinó que el derecho de réplica es una herramienta para equilibrar la información y garantizar el acceso a los medios, complementando así la libertad de expresión. Se estableció que su ejercicio se limita a la corrección de información falsa o inexacta que cause agravio, excluyendo opiniones o información cierta pero agraviante, y que el agravio se acredita con la demostración de falsedad o inexactitud.
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