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122/2015 Y SUS ACUMULADAS 124/2015 Y 125/2015ConcedeTCCConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El derecho de réplica es un complemento de la libertad de expresión, no un límite, y su ejercicio se restringe a la corrección de información falsa o inexacta, no a opiniones o información cierta pero agraviante.

Expediente
122/2015 Y SUS ACUMULADAS 124/2015 Y 125/2015
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
11 jun 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El derecho de réplica es un complemento de la libertad de expresión, no un límite, y su ejercicio se restringe a la corrección de información falsa o inexacta, no a opiniones o información cierta pero agraviante.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de la Ley Reglamentaria del Derecho de Réplica. Determinó que el derecho de réplica es una herramienta para equilibrar la información y garantizar el acceso a los medios, complementando así la libertad de expresión. Se estableció que su ejercicio se limita a la corrección de información falsa o inexacta que cause agravio, excluyendo opiniones o información cierta pero agraviante, y que el agravio se acredita con la demostración de falsedad o inexactitud.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.