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400/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La facultad del Senado de la República para emitir la Convocatoria General que rige los procesos de evaluación y selección de candidaturas para los cargos de elección del Poder Judicial de la Federación, es de orden público y de observancia general, por lo que los requisitos y bases establecidas en ella no pueden ser modificados por los Comités de cada Poder de la Unión.

Expediente
400/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
SIN MINISTRO
Fecha
9 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La facultad del Senado de la República para emitir la Convocatoria General que rige los procesos de evaluación y selección de candidaturas para los cargos de elección del Poder Judicial de la Federación, es de orden público y de observancia general, por lo que los requisitos y bases establecidas en ella no pueden ser modificados por los Comités de cada Poder de la Unión.

Resumen

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las bases, procedimientos y requisitos de la Convocatoria General emitida por el Senado para la elección de juzgadores federales son de orden público. Esto significa que el Congreso de la Unión delegó al Senado la facultad exclusiva de definir estos aspectos, excluyendo la posibilidad de que los Comités de cada Poder de la Unión modifiquen dichos requisitos. La decisión se fundamenta en el principio de preferencia normativa que rige esta delegación legislativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.