El sobreseimiento del juicio contencioso administrativo procede cuando la autoridad demandada deja sin efectos el acto impugnado y con ello se satisfacen las pretensiones del demandante, sin que la autoridad reserve sus facultades para emitir un nuevo acto.
La Sala Regional en San Luis Potosí determinó sobreseer el juicio contencioso administrativo promovido por la actora en contra de una resolución que determinó un crédito fiscal. La autoridad demandada dejó sin efectos el acto impugnado al actualizarse un cumplimiento espontáneo por parte de la contribuyente, sin reservar sus facultades para emitir un nuevo acto, lo cual satisfizo la pretensión de la actora y actualizó la causal de sobreseimiento prevista en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
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