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680/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito

La legitimación activa en la causa del actor en un juicio agrario, en el que demandó la nulidad de una enajenación de derechos sobre una parcela ejidal, se acredita con la posesión y el uso de la tierra, sin que sea indispensable demostrar la titularidad registral de los derechos ejidales.

Expediente
680/2024
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito
Ponente
Miguel Ángel Betancourt Vázquez
Fecha
15 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La legitimación activa en la causa del actor en un juicio agrario, en el que demandó la nulidad de una enajenación de derechos sobre una parcela ejidal, se acredita con la posesión y el uso de la tierra, sin que sea indispensable demostrar la titularidad registral de los derechos ejidales.

Resumen

El tribunal colegiado determinó que para que un actor tenga legitimación activa en un juicio agrario donde se impugna la nulidad de una enajenación de derechos sobre una parcela ejidal, es suficiente acreditar la posesión y el uso de la tierra. No es un requisito indispensable demostrar la titularidad registral de dichos derechos, ya que la posesión y el uso son elementos primordiales en la materia agraria para ejercer la acción.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.