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503/2022NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El principio de proporcionalidad tributaria exige que la contribución al gasto público se realice en función de la capacidad contributiva, lo que implica que las personas con mayores ingresos deben tributar cualitativamente en mayor medida que aquellas con recursos limitados.

Expediente
503/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
10 ago 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El principio de proporcionalidad tributaria exige que la contribución al gasto público se realice en función de la capacidad contributiva, lo que implica que las personas con mayores ingresos deben tributar cualitativamente en mayor medida que aquellas con recursos limitados.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la proporcionalidad del cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para ingresos por diferencias salariales retroactivas, conforme al artículo 95 de la LISR. Se determina que el cálculo es proporcional al gravar estos ingresos conforme a la tarifa general aplicable a salarios, respetando la capacidad contributiva. Asimismo, se establece que para analizar una violación al principio de igualdad tributaria, es indispensable señalar un término de comparación idóneo que permita advertir un trato desigual entre situaciones análogas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.