La responsabilidad solidaria de las empresas que conforman una unidad económica, entendida como un grupo societario, se actualiza al levantar el "velo corporativo" para conocer la realidad económica que subyace a las formas jurídicas, protegiendo así los derechos laborales de los trabajadores.
El presente criterio establece que, conforme a los artículos 15, fracción I y 16 de la Ley Federal del Trabajo, las empresas que forman una unidad económica o grupo societario son solidariamente responsables. Para determinar esta responsabilidad, es necesario "levantar el velo corporativo" y analizar la realidad económica detrás de las estructuras jurídicas formales. Esto se hace para evitar que las empresas evadan sus obligaciones laborales y para proteger los derechos de los trabajadores, quienes a menudo enfrentan dificultades para identificar a su empleador real debido a la complejidad de las relaciones corporativas.
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