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SJF · Ejecutoria

La condena en costas en un juicio ejecutivo mercantil seguido en rebeldía no procede en contra del demandado cuando el juez, en ejercicio oficioso del control de convencionalidad, reduce la tasa de interés moratorio por considerarla usuraria, pues ello constituye una condena parcial y no total, supuestos que no prevé el artículo 1084, fracción III, del Código de Comercio para la condena obligatoria.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
23 oct 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La condena en costas en un juicio ejecutivo mercantil seguido en rebeldía no procede en contra del demandado cuando el juez, en ejercicio oficioso del control de convencionalidad, reduce la tasa de interés moratorio por considerarla usuraria, pues ello constituye una condena parcial y no total, supuestos que no prevé el artículo 1084, fracción III, del Código de Comercio para la condena obligatoria.

Resumen

La contradicción de tesis analizó si procede la condena en costas en un juicio ejecutivo mercantil seguido en rebeldía, cuando el juez reduce oficiosamente los intereses moratorios por considerarlos usurarios. Un tribunal sostuvo que sí procede, pues la condena es total a pesar de la reducción. Otro tribunal determinó que no procede, ya que la reducción de intereses genera una condena parcial. El Pleno de Circuito determinó que la reducción oficiosa de intereses por usura constituye una condena parcial, por lo que no aplica el artículo 1084, fracción III, del Código de Comercio, que exige una condena total para la procedencia obligatoria de las costas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.