InvestigaciónDocumento
En línea
142/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La eliminación del acreditamiento de un derecho especial sobre minería, sin prever la deducción de otro derecho ordinario pagado por la misma actividad, no transgrede el principio de proporcionalidad tributaria, al tratarse de un beneficio fiscal cuya supresión no altera la base gravable ni genera un doble cobro.

Expediente
142/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
13 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La eliminación del acreditamiento de un derecho especial sobre minería, sin prever la deducción de otro derecho ordinario pagado por la misma actividad, no transgrede el principio de proporcionalidad tributaria, al tratarse de un beneficio fiscal cuya supresión no altera la base gravable ni genera un doble cobro.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la eliminación del acreditamiento del derecho especial sobre minería y la omisión de permitir la deducción del derecho ordinario sobre minería. Los quejosos argumentaron que esta situación violaba la proporcionalidad tributaria y generaba un doble cobro. Sin embargo, la Corte determinó que el acreditamiento es un beneficio fiscal cuya eliminación no afecta la base gravable ni el principio de proporcionalidad, y que la finalidad recaudatoria de la medida es legítima.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.