El recurso de revisión adhesiva debe desecharse cuando se interpone por una autoridad que no tiene interés jurídico en la subsistencia del acto reclamado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el recurso de revisión adhesiva interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La instancia revisora determinó que la autoridad recurrente no demostró tener un interés jurídico en la subsistencia del acto reclamado, requisito indispensable para la procedencia de dicho recurso. Por lo tanto, al no cumplirse con las formalidades legales, el recurso fue desechado.
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