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1/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La interpretación de la expresión "personas [que] se encuentren imposibilitadas para otorgarlo por sí mismas" contenida en la porción final del artículo 158, fracción IV, del Código Penal para el Estado de Sinaloa, alude implícitamente a las mujeres y personas con capacidad de gestar con discapacidad, aun cuando no se haga referencia expresa a ellas.

Expediente
1/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
16 feb 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La interpretación de la expresión "personas [que] se encuentren imposibilitadas para otorgarlo por sí mismas" contenida en la porción final del artículo 158, fracción IV, del Código Penal para el Estado de Sinaloa, alude implícitamente a las mujeres y personas con capacidad de gestar con discapacidad, aun cuando no se haga referencia expresa a ellas.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad del artículo 158, fracción IV, última parte, del Código Penal para el Estado de Sinaloa. La Primera Sala previamente determinó que la frase "personas [que] se encuentren imposibilitadas para otorgarlo por sí mismas" del precepto impugnado, alude implícitamente a mujeres y personas con capacidad de gestar con discapacidad, a pesar de no mencionarlas explícitamente. El tribunal solicita una declaratoria general de inconstitucionalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.