La omisión en la entrega de participaciones y aportaciones federales a los Municipios genera la obligación de pagar intereses moratorios, pues el principio de integridad de los recursos municipales exige su recepción puntual, efectiva y completa.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por un Municipio contra el Estado de Veracruz por la retención de participaciones y aportaciones federales (Ramo General 33 y Ramo General 23) correspondientes al ejercicio 2016. El Municipio reclamó la omisión de pago de fondos del FISM y FORTAFIN, así como el pago de intereses moratorios. La Corte determinó que la omisión en la entrega de estos recursos viola el principio de integridad de las finanzas municipales, obligando al Estado a pagar los intereses generados por el retraso.
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