Los agravios se consideran inexistentes cuando la autoridad responsable no demuestra que el acto reclamado le cause perjuicio.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los agravios esgrimidos por una autoridad responsable son inoperantes si esta no acredita que el acto reclamado le cause algún perjuicio. La Sala enfatizó que la finalidad de los agravios es demostrar la ilegalidad del acto de amparo, lo cual requiere que se demuestre un interés jurídico o de derecho afectado.
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