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SJF · Ejecutoria

Los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tienen derecho al incremento de las prestaciones de bono de despensa y previsión social múltiple, en proporción a los aumentos generales otorgados a los trabajadores en activo, siempre que dichas prestaciones sean compatibles y se haya producido un aumento generalizado para los trabajadores de la Administración Pública Federal.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
6 mar 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tienen derecho al incremento de las prestaciones de bono de despensa y previsión social múltiple, en proporción a los aumentos generales otorgados a los trabajadores en activo, siempre que dichas prestaciones sean compatibles y se haya producido un aumento generalizado para los trabajadores de la Administración Pública Federal.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis sobre el derecho de los pensionados a recibir el incremento en el bono de despensa y previsión social múltiple. Se determinó que, si bien estos conceptos son compatibles con la pensión y han sido reconocidos por el ISSSTE, el derecho al incremento está condicionado a que exista un aumento generalizado para los trabajadores en activo de la Administración Pública Federal, y no solo para un nivel específico como el personal operativo. El criterio que prevalece es que los pensionados tienen derecho a dicho incremento si se cumplen estos requisitos, independientemente del puesto que ocupaban al momento de su jubilación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.