La procedencia del recurso de revisión fiscal en materia de seguridad social, tratándose de la determinación de sujetos obligados, se actualiza cuando la litis versa sobre si un sujeto individualmente considerado o un grupo o categoría de sujetos están vinculados por una relación laboral y, por ende, son parte del régimen obligatorio del seguro social, sin perjuicio de los requisitos de importancia y trascendencia.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis sobre la procedencia del recurso de revisión fiscal en casos de determinación de sujetos obligados en materia de seguridad social. Se determinó que el recurso es procedente cuando se discute si un individuo o un grupo pertenecen al régimen obligatorio del IMSS debido a una relación laboral. Este criterio busca unificar la interpretación de los artículos 248 del Código Fiscal de la Federación y 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, asegurando la seguridad jurídica.
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