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SJF · Ejecutoria

La Constancia de la Relación Laboral de Trabajadores Derechohabientes del Sistema de Recaudación Fiscal (TRM) expedida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, no constituye por sí sola prueba plena para acreditar la relación laboral entre un patrón y sus trabajadores, cuando este último la niega lisa y llanamente.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
30 ene 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Constancia de la Relación Laboral de Trabajadores Derechohabientes del Sistema de Recaudación Fiscal (TRM) expedida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, no constituye por sí sola prueba plena para acreditar la relación laboral entre un patrón y sus trabajadores, cuando este último la niega lisa y llanamente.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis sobre el valor probatorio de la Constancia de la Relación Laboral (TRM) emitida por el Infonavit. El tribunal determinó que dicha constancia, por sí sola, no es suficiente para acreditar la relación laboral si el patrón la niega. Se consideró que documentos como los estados de cuenta individuales del IMSS, que reflejan datos proporcionados por el patrón y movimientos afiliatorios, tienen mayor valor probatorio. La TRM, al ser un listado genérico, no acredita el hecho generador de la relación laboral ni contiene todos los elementos necesarios para generar certeza, como la CURP, lo que puede dar lugar a homonimias.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.