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126/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito

La suspensión definitiva es improcedente cuando se solicita en contra del artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, relativo a la compensación universal, al tratarse de una norma de carácter general y de tracto sucesivo que, de concederse, podría afectar la esfera jurídica de terceros.

Expediente
126/2019
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito
Ponente
Jacob Troncoso Ávila
Fecha
8 ago 2019
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva es improcedente cuando se solicita en contra del artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, relativo a la compensación universal, al tratarse de una norma de carácter general y de tracto sucesivo que, de concederse, podría afectar la esfera jurídica de terceros.

Resumen

El tribunal desecha el recurso de revisión y revoca la resolución interlocutoria, negando la suspensión definitiva. La improcedencia se fundamenta en que la norma reclamada (artículo 25, fracción VI, de la LIF 2019, sobre compensación universal) es de carácter general y de tracto sucesivo. Conceder la suspensión podría vulnerar derechos de terceros, lo cual no es posible en este tipo de medidas cautelares.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.