La devolución de saldos a favor debe realizarse a la cuenta CLABE proporcionada en la declaración complementaria si esta se presentó antes de que se efectuara la devolución y la autoridad fiscal no había ejercido sus facultades de comprobación.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en cumplimiento a una ejecutoria de amparo, analiza la negativa de una solicitud de devolución de saldo a favor del ISR. La autoridad fiscal negó la devolución argumentando que ya se había autorizado y pagado previamente un saldo similar. Sin embargo, el Tribunal determinó que la autoridad debió considerar la declaración complementaria presentada por el contribuyente antes de realizar la devolución automática, ya que esta declaración sustituyó a la original y permitía modificar la cuenta CLABE sin que se hubieran ejercido facultades de comprobación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.