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4657/25-03-02-1ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Sinaloa

La nulidad de una resolución administrativa debe declararse cuando la autoridad demandada no acredita haberla notificado al particular con la firma autógrafa del funcionario emisor, conforme a los requisitos legales aplicables.

Expediente
4657/25-03-02-1
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad de una resolución administrativa debe declararse cuando la autoridad demandada no acredita haberla notificado al particular con la firma autógrafa del funcionario emisor, conforme a los requisitos legales aplicables.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la autoridad demandada no cumplió con la carga probatoria al no demostrar que la resolución impugnada contara con la firma autógrafa del funcionario emisor. Se consideró que la notificación realizada fue ilegal por no seguir el procedimiento establecido en la ley, y que la falta de firma autógrafa en la resolución constituye un vicio que conduce a su nulidad, ya que la autoridad no aportó los medios probatorios idóneos para acreditar su existencia y legalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.