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579/2018TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito· tema sin holding extraído

Niega. Conceptos de violación infundados: la Sala resolvió en forma correcta, las constancias de hechos no constituyeron propiamente las diligencias de notificación del acto de molestia. Al acudir al domicilio del contribuyente no lo localizó, por lo tanto, la autoridad no se encontró obligada a comunicar el citatorio a través del buzón tributario, actualizando la hipótesis del artículo 137, fracción III del Código Fiscal de la Federación (notificación por estrados). Artículo 17-K, fracción I. Se cita criterio de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (interpretación "no sea localizable").

Expediente
579/2018
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito
Ponente
Anastacio Martínez García
Fecha
13 jun 2019
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Niega. Conceptos de violación infundados: la Sala resolvió en forma correcta, las constancias de hechos no constituyeron propiamente las diligencias de notificación del acto de molestia. Al acudir al domicilio del contribuyente no lo localizó, por lo tanto, la autoridad no se encontró obligada a comunicar el citatorio a través del buzón tributario, actualizando la hipótesis del artículo 137, fracción III del Código Fiscal de la Federación (notificación por estrados). Artículo 17-K, fracción I. Se cita criterio de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (interpretación "no sea localizable").

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