La Suprema Corte de Justicia de la Nación reasume competencia originaria para conocer de un amparo en revisión, sin que las consideraciones para ello vinculen el estudio de fondo del asunto.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reasume su competencia originaria para conocer de un amparo en revisión interpuesto contra una sentencia de amparo indirecto. En el juicio de origen, se concedió la protección constitucional a un Magistrado del Tribunal Federal de Justicia Administrativa contra el artículo 46 de la Ley Orgánica de dicho tribunal y su acto de aplicación, referentes al retiro forzoso por edad. Las autoridades responsables interpusieron recurso de revisión, al cual se adhirió el quejoso. La Sala aclara que las consideraciones para reasumir competencia no son vinculantes para el estudio de fondo del amparo en revisión.
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