La materia fiscal comprende todo lo relativo a la recaudación de impuestos, multas o sanciones por infracciones a las leyes tributarias, así como las afectaciones derivadas del cumplimiento de dichas leyes, distintas a la determinación de obligaciones líquidas, devoluciones o imposiciones directas.
La Suprema Corte define la materia fiscal como aquella relacionada con la recaudación de impuestos, multas y sanciones, así como las afectaciones derivadas del cumplimiento de las leyes tributarias. Se aclara que el requerimiento de información al contador público autorizado, con copia al contribuyente, constituye una resolución definitiva impugnable en el juicio contencioso administrativo. La expresión "que causen un agravio en materia fiscal distinto al que se refieren las fracciones anteriores" del artículo 11, fracción IV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se refiere a afectaciones en el cumplimiento de las leyes fiscales, excluyendo las relacionadas con la determinación de obligaciones líquidas, devoluciones o imposiciones directas.
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