El sobreseimiento procede cuando el acto reclamado se actualiza en el supuesto de conclusión del procedimiento de ejecución, sin que ello impida el análisis de fondo respecto de la inconstitucionalidad de las normas que lo rigen.
El Juzgado de Distrito sobresee el juicio de amparo respecto de los artículos 90 y 99 de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, al actualizarse la causal de conclusión del procedimiento de ejecución. Sin embargo, concede el amparo respecto al artículo 90 de la misma ley, al considerar que la norma es inconstitucional en sí misma, independientemente de la etapa procesal en que se encuentre su aplicación.
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