La sustitución de autoridades locales en una visita domiciliaria, ordenada por una autoridad federal que carece de competencia para ello, genera la nulidad de todo lo actuado en dicha visita, al vulnerarse el principio de legalidad y seguridad jurídica del contribuyente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la validez de una visita domiciliaria en la que se sustituyeron autoridades locales por una autoridad federal sin competencia para ello. Se determinó que la sala responsable omitió el estudio oficioso de la competencia de las autoridades, incluyendo la que ordenó la sustitución. Al no existir disposición que faculte a la autoridad federal sustituta para notificar al visitado sobre dicha sustitución, y al haber sido ordenada por una autoridad incompetente, se concluye que la orden de sustitución y, por ende, todo lo actuado en la visita, es nulo, vulnerando la legalidad y seguridad jurídica del contribuyente.
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