La justicia de la Unión no ampara ni protege contra la inconstitucionalidad de actos que no han sido debidamente analizados y determinados por el órgano de control constitucional.
Se negó el amparo a una sociedad mercantil en contra de actos que alegaba inconstitucionales. La Suprema Corte determinó que la justicia de la Unión no ampara ni protege cuando los actos reclamados no han sido debidamente analizados y determinados por el órgano de control constitucional, lo cual ocurrió en este caso al no haberse abordado la inconstitucionalidad alegada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.