La Secretaría de Hacienda y Crédito Público está facultada para formular querella y exhibir como sustento de su acusación los estados de cuenta bancarios de los contribuyentes investigados en una visita domiciliaria, obtenidos a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, cuando advierta hechos probablemente constitutivos de delito.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la legalidad de la obtención de estados de cuenta bancarios por parte de autoridades hacendarias durante una visita domiciliaria, para sustentar una querella por defraudación fiscal. Se determina que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está facultada para solicitar dicha información a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y utilizarla como prueba en la formulación de querellas, incluso si se obtuvo fuera de un procedimiento penal, conforme a lo establecido en la Ley de Instituciones de Crédito y la facultad de iniciar procedimientos administrativos de comprobación.
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