La política migratoria, como manifestación de la política exterior, no es susceptible de control constitucional en el juicio de amparo, salvo que afecte de manera directa la esfera jurídica de los gobernados.
El presente asunto deriva de la recepción de migrantes no mexicanos en México, solicitantes de asilo en Estados Unidos, bajo la política denominada "Quédate en México". Una asociación civil promovió amparo alegando omisiones de autoridades mexicanas y la violación de derechos humanos. El Juez de Distrito sobreseyó el juicio al considerar que la política migratoria es una facultad exclusiva del Ejecutivo en materia de política exterior y que la quejosa carecía de interés legítimo. La Suprema Corte confirmó el sobreseimiento, sosteniendo que la política exterior y migratoria no son controlables constitucionalmente, a menos que afecten directamente la esfera jurídica de los gobernados.
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