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302/2020SobreseeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La política migratoria, como manifestación de la política exterior, no es susceptible de control constitucional en el juicio de amparo, salvo que afecte de manera directa la esfera jurídica de los gobernados.

Expediente
302/2020
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
2 oct 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La política migratoria, como manifestación de la política exterior, no es susceptible de control constitucional en el juicio de amparo, salvo que afecte de manera directa la esfera jurídica de los gobernados.

Resumen

El presente asunto deriva de la recepción de migrantes no mexicanos en México, solicitantes de asilo en Estados Unidos, bajo la política denominada "Quédate en México". Una asociación civil promovió amparo alegando omisiones de autoridades mexicanas y la violación de derechos humanos. El Juez de Distrito sobreseyó el juicio al considerar que la política migratoria es una facultad exclusiva del Ejecutivo en materia de política exterior y que la quejosa carecía de interés legítimo. La Suprema Corte confirmó el sobreseimiento, sosteniendo que la política exterior y migratoria no son controlables constitucionalmente, a menos que afecten directamente la esfera jurídica de los gobernados.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.