La caducidad del procedimiento administrativo de inspección opera de manera independiente al procedimiento sancionador, y su actualización anula la resolución impugnada si la autoridad excede los plazos legales para emitirla.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la caducidad prevista en el artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es aplicable tanto al procedimiento de inspección como al sancionador, de forma independiente. En el caso, se determinó que la autoridad excedió los plazos legales para emitir la resolución impugnada, lo que actualizó la figura de la caducidad en el procedimiento de inspección. Por lo tanto, la resolución emitida resultó ilegal y debía declararse nula.
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