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980/2014OtroJuzgado10ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México

El proceso legislativo de normas fiscales que contravienen la Constitución, así como su refrendo y publicación, son actos formal y materialmente legislativos que deben ser analizados en el juicio de amparo.

Expediente
980/2014
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México
Ponente
Ileana Moreno Ramírez
Fecha
7 nov 2016
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El proceso legislativo de normas fiscales que contravienen la Constitución, así como su refrendo y publicación, son actos formal y materialmente legislativos que deben ser analizados en el juicio de amparo.

Resumen

El Juzgado de Distrito sobresee el juicio de amparo respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas fiscales, al considerar que son actos de naturaleza formal y materialmente legislativa. Sin embargo, niega el amparo contra diversos artículos del Código Fiscal de la Federación y reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal. Finalmente, concede el amparo respecto al proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación y su reforma, para el efecto de que la sola omisión de ejercer el derecho de prueba no justifique el cobro de una preliquidación mediante ejecución, declarando insubsistente cualquier acto en ese sentido.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.