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50/2026OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl

La confirmación de un auto de vinculación a proceso y de un auto de no vinculación a proceso, dictados en la continuación de audiencia inicial, es procedente cuando los agravios expuestos resultan inoperantes.

Expediente
50/2026
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl
Ponente
Raúl Téllez Blancas
Fecha
14 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La confirmación de un auto de vinculación a proceso y de un auto de no vinculación a proceso, dictados en la continuación de audiencia inicial, es procedente cuando los agravios expuestos resultan inoperantes.

Resumen

El Tribunal Colegiado de Apelación confirmó la determinación impugnada emitida por el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio. En primer lugar, se confirmó el auto de vinculación a proceso contra los imputados. En segundo lugar, ante la inoperancia de los agravios planteados por el Fiscal de la Federación, se confirmó el auto de no vinculación a proceso. Finalmente, se ordenó remitir testimonio de la resolución a su lugar de origen y a la autoridad penitenciaria correspondiente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.