La confirmación de un auto de vinculación a proceso y de un auto de no vinculación a proceso, dictados en la continuación de audiencia inicial, es procedente cuando los agravios expuestos resultan inoperantes.
El Tribunal Colegiado de Apelación confirmó la determinación impugnada emitida por el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio. En primer lugar, se confirmó el auto de vinculación a proceso contra los imputados. En segundo lugar, ante la inoperancia de los agravios planteados por el Fiscal de la Federación, se confirmó el auto de no vinculación a proceso. Finalmente, se ordenó remitir testimonio de la resolución a su lugar de origen y a la autoridad penitenciaria correspondiente.
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