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1060/2017ConcedeSCJNConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El cálculo y entero del Impuesto Sobre la Renta es a cargo de la sociedad, no del socio, independientemente de si este último es persona física o moral.

Expediente
1060/2017
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS
Fecha
18 oct 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El cálculo y entero del Impuesto Sobre la Renta es a cargo de la sociedad, no del socio, independientemente de si este último es persona física o moral.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la obligación de calcular y enterar el ISR recae en la sociedad, no en el socio. En el caso, la autoridad fiscal presumió que el actor no podía acreditar el ISR por dividendos al no haberlo pagado la sociedad distribuidora, sin ejercer facultades de comprobación contra esta última. La Corte señaló que la autoridad no desvirtuó la nulidad de la resolución impugnada y ordenó a la Sala Fiscal responsable examinar la totalidad de los argumentos y pruebas presentados por la actora.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.