Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído
Se revoca la sentencia reclamada debido a que el tribunal se equivocó al considerar que el contribuyente no tenía que demostrar que realmente prestó los servicios millonarios que cobró, solo por su régimen fiscal.
Los contratos y facturas por sí solos no prueban que el trabajo existió en la realidad. Por ello, el caso se regresa para que el tribunal dicte una nueva sentencia, reconozca que el SAT sí puede exigir pruebas de que las operaciones fueron reales, y vuelva a revisar cuidadosamente todas las evidencias para decidir si los servicios verdaderamente se llevaron a cabo.
Expediente
59/2025
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Luis Armando Pérez Topete
Fecha
3 sep 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se revoca la sentencia reclamada debido a que el tribunal se equivocó al considerar que el contribuyente no tenía que demostrar que realmente prestó los servicios millonarios que cobró, solo por su régimen fiscal.
Los contratos y facturas por sí solos no prueban que el trabajo existió en la realidad. Por ello, el caso se regresa para que el tribunal dicte una nueva sentencia, reconozca que el SAT sí puede exigir pruebas de que las operaciones fueron reales, y vuelva a revisar cuidadosamente todas las evidencias para decidir si los servicios verdaderamente se llevaron a cabo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.