La garantía de exacta aplicación de la ley en materia penal, prevista en el tercer párrafo del artículo 14 constitucional, impone al legislador la obligación de prever leyes con expresiones y conceptos claros, precisos y exactos al describir las conductas típicas y las penas aplicables, así como de incluir todos los elementos, características, condiciones, términos y plazos para evitar confusiones en su aplicación.
El tercer párrafo del artículo 14 constitucional consagra la garantía de exacta aplicación de la ley en materia penal, la cual no solo se limita a los actos de aplicación, sino que también exige que la ley misma sea clara, precisa y exacta en la descripción de las conductas y penas. El legislador tiene el deber de redactar las normas de manera que no den lugar a confusiones y faciliten la defensa del procesado, incluyendo todos los elementos y condiciones necesarios.
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