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776/2026OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Quinto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de México, con residencia en Toluca

El juicio de amparo indirecto es improcedente contra actos de naturaleza procesal que no afecten materialmente derechos sustantivos, los cuales deben impugnarse en amparo directo contra la resolución definitiva.

Expediente
776/2026
Tribunal
Juzgado Quinto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de México, con residencia en Toluca
Ponente
Gladys Oriana Castañeda Jardón
Fecha
15 may 2026
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El juicio de amparo indirecto es improcedente contra actos de naturaleza procesal que no afecten materialmente derechos sustantivos, los cuales deben impugnarse en amparo directo contra la resolución definitiva.

Resumen

Se desechó de plano la demanda de amparo indirecto promovida contra una interlocutoria que declaró infundado un recurso de revocación, la cual ordenó retrotraer etapas procesales y no emitir sentencia definitiva. El juzgador determinó que dicho acto no es de imposible reparación ni afecta derechos sustantivos, sino que constituye una violación procesal que debe alegarse en amparo directo contra la sentencia definitiva, conforme a los artículos 61, fracción XXIII, y 107, fracción V, de la Ley de Amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.