El cobro por la expedición de copias certificadas y la reproducción de información pública, así como por el registro extemporáneo de nacimiento, contraviene los principios de gratuidad, proporcionalidad y equidad tributaria, y el derecho a la identidad.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó diversas disposiciones de Leyes de Ingresos de municipios veracruzanos que establecían cobros por acceso a la información y por registro de nacimiento extemporáneo. La Suprema Corte determinó que dichos cobros son inconstitucionales al contravenir el principio de gratuidad del acceso a la información y el derecho a la identidad, ya que no se basan en costos reales y generan barreras para el ejercicio de estos derechos fundamentales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.