La Suprema Corte de Justicia no debe pronunciarse sobre cuestiones técnicas en un juicio fiscal, ya que esa función corresponde a los peritos de las partes.
La Suprema Corte de Justicia no debe sustituirse a los peritos de las partes en la resolución de cuestiones técnicas dentro de un juicio fiscal. La naturaleza de estas cuestiones requiere que sean los peritos quienes las diluciden técnicamente, y no el tribunal de alzada.
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