Las disposiciones de las Leyes de Ingresos de diversos municipios del estado de Morelos, para el ejercicio fiscal 2024, que establecen el cobro de derechos por la búsqueda de información y por el registro de adopción, contravienen los principios de gratuidad, proporcionalidad tributaria, interdependencia, indivisibilidad, derecho a la identidad y los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos de municipios morelenses para el ejercicio fiscal 2024 son inconstitucionales. Específicamente, se invalidaron los cobros por búsqueda de información y por registro de adopción, al considerar que vulneran los principios de gratuidad, proporcionalidad tributaria, interdependencia, indivisibilidad, derecho a la identidad y los derechos de niñas, niños y adolescentes, contraviniendo así diversos preceptos constitucionales y de tratados internacionales.
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