Las cuotas por la expedición de copias certificadas de documentos, cuando no se trate de información pública, deben guardar una relación razonable con los costos reales del servicio, de lo contrario, vulneran el principio de proporcionalidad tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversas disposiciones de leyes de ingresos municipales del estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2024. Se determinó que las cuotas establecidas para la expedición de copias certificadas de documentos, que no corresponden al derecho de acceso a la información pública, resultan desproporcionadas y vulneran el principio de proporcionalidad tributaria al no guardar relación con los costos reales del servicio. Sin embargo, se consideró que los decretos de expedición de dichas leyes de ingresos satisfacen los requisitos de fundamentación y motivación al ser emitidos por el Congreso del Estado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.