La resolución liquidatoria emitida por la autoridad fiscal, basada en datos obtenidos de un procedimiento de auditoría anterior declarado nulo lisa y llanamente por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, carece de validez.
Se establece que una autoridad fiscal no puede utilizar información obtenida en una visita domiciliaria previa si dicho procedimiento de auditoría fue declarado nulo por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. La nulidad lisa y llana implica que los actos derivados de ese procedimiento, incluyendo la información recabada, pierden su eficacia probatoria y no pueden servir de fundamento para una nueva resolución liquidatoria. Por lo tanto, cualquier acto posterior basado en esa información es ilegal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.