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SJF · Ejecutoria

El artículo 12, último párrafo, del Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, viola el derecho a la igualdad al no prever el pago de intereses en beneficio de los pensionados que obtuvieron el derecho al reintegro de sumas descontadas por incompatibilidad de pensiones, mientras sí los prevé a favor del instituto.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
2 may 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El artículo 12, último párrafo, del Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, viola el derecho a la igualdad al no prever el pago de intereses en beneficio de los pensionados que obtuvieron el derecho al reintegro de sumas descontadas por incompatibilidad de pensiones, mientras sí los prevé a favor del instituto.

Resumen

La contradicción de tesis se centró en determinar si el artículo 12, último párrafo, del Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio, viola el principio de igualdad al no prever el pago de intereses a favor de los pensionados que obtuvieron el reintegro de sumas descontadas por incompatibilidad, mientras sí los contempla a favor del instituto. Los tribunales emitieron criterios opuestos sobre si la norma es inconstitucional por esta diferencia de trato o si, por el contrario, no existe una situación comparable entre el pensionado y el instituto.

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