La justicia de la Unión no ampara ni protege contra un precepto de la Ley de Ingresos de la Federación cuando la revisión adhesiva interpuesta por una autoridad resulta infundada.
El tribunal colegiado revocó la sentencia de amparo emitida por el juez de distrito. Determinó que la revisión adhesiva interpuesta por el Presidente de la República era infundada. En consecuencia, negó el amparo solicitado por la empresa contra un artículo de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.